TESIS 23 (1)
FORMULACIÓN CONCILIAR
Y TEOLÓGICA DE LA ENCARNACIÓN
1La Iglesia ha propuesto el Misterio del Hijo
de Dios hecho hombre a partir de la Revelación y 2en diversos
concilios lo ha formulado en términos de la única
persona o hipóstasis divina del Verbo en dos naturalezas completas y
perfectas, divina y humana, sin
confusión y sin separación. 3La encarnación es una acción trinitaria salvífica, aunque la
naturaleza humana de Cristo sólo está unida hipostáticamente al Verbo, lo que tiene una serie de consecuencias.
1. sentido De los Dogmas sobre Cristo
1.1 Declaraciones apoyadas
en la Escritura
1.2 Críticas hechas contra estos dogmas
2. formulación Dogmática
en los grandes Concilios
3. Teología de la encarnación
3.1 La encarnación como acontecimiento trinitario salvífico
3.2 La persona divina de Jesucristo en sus dos naturalezas
3.3 La verdadera
humanidad de Cristo
3.4 Conocimiento y voluntad de Cristo
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CEC 456-483; Compendio 85-93
Concilio de Éfesoo, Anatematismos de Cirilo de Alejandría (12.430) DS 252-263
Concilio de Calcedonia, Definición (22.10.451) DS 300-302
Concilio II de Constantinopla, Anatematismos contra los Tres Capítulos
(2.6.553) 1-10 DS 421-432
Congregación para la
Doctrina DE la FE, Declaración Mysterium
Filii Dei
(21.2.1972), 2-4 en Doc. 10,2-5
iD.,
Declaración Dominus Jesus (6.8.2000),
9-15 en Doc. 90,22-45
iD., Notificación Después de un primer examen (26.11.2006), 2-8 en Doc. 106,5-30 S.Th. III, qq.1-19
[1,2,7,9,15]
SENTIDO DE LOS DOGMAS SOBRE CRISTO
1.1
Declaraciones apoyadas en la Escritura
Desde los comienzos la Iglesia ha tratado de responder a la
pregunta que hizo el mismo Jesús acerca de su identidad (Mt 16,16) a partir de las
enseñanzas de los Apóstoles en las
que quedaba claro que Jesús se ponía al nivel propio de Dios y esto se manifestaba con sus hechos
y palabras.
El acontecimiento de la Resurrección hizo que los discípulos comprendieran más profundamente que Dios
había confirmado todo lo que decía Jesús, y por ello su pretensión de estar al
nivel divino, sin dejar de ser verdadero
hombre era cierta.
La Iglesia partía siempre de la historia de
la salvación y de todo lo que Cristo había
dicho y realizado, pero necesitaba precisar
la identidad del Señor mediante
un lenguaje adecuado, aunque se emplearan términos que no se encontraban
en la Escritura. Precisamente la
profunda relación entre razón y fe, y la posibilidad de un lenguaje acerca
de Dios permitieron formular con una gran claridad
las enseñanzas acerca de
Jesucristo, que es el centro de la fe cristiana.
No hubo proceso
de helenización, sino simplemente uso de la razón para elegir los términos adecuados en los que la Iglesia,
con la ayuda del Espíritu
Santo ha ido profundizando a lo largo de los siglos.
1.2
Críticas vertidas sobre estos dogmas
No han faltado
quienes hayan considerado que el lenguaje
de estos concilios es demasiado metafísico y han propuesto usar una terminología propia de nuestra época, más fenomenológica, de
modo que se pudiera hablar de Jesús como una persona humana
y su divinidad como una mera presencia
o relación especial con Dios. Además se ha dicho que tales
concilios no tenían en cuenta la soteriología
para quedarse en una mera ontología de la encarnación. Por lo tanto han sugerido que deberían reinterpretarse completamente estas definiciones.
Sin embargo el problema es que las propuestas anteriores solían
partir de una antropología dada con
un horizonte de pensamiento en el cual de Dios
realmente no se puede decir nada y carece de sentido presentar la verdad como
un elemento doctrinal. En realidad esto supone reducir
la figura de Jesús a un horizonte de pensamiento en el cual Dios realmente no puede intervenir en el mundo y
por ello carece de sentido que alguien pueda pretender ser Dios como hizo Jesús.
Precisamente estos concilios nos aseguran lo
propio y genuino de la persona de Jesús:
es el Hijo eterno y preexistente de Dios que se hace hombre, no un mero hombre en el que Dios está presente de una manera especial. Si no se mantiene
esta verdad carecería
de sentido hablar
de la salvación o la redención que nos
trae Cristo, porque se reduciría meramente a unas
expectativas humanas más o menos desarrolladas, y no a la nueva y gratuita
participación en la vida divina.
2.
FORMULACIÓN
DOGMÁTICA EN LOS GRANDES CONCILIOS
2.1
Concilio de Nicea (325)
Se afirma la verdadera divinidad de Cristo
frente a Arrio, que la negaba, y se formula
que Cristo es homousios
(consustancial) al Padre. Por tanto el Verbo,
que existe con el Padre desde la
eternidad, no ha sido creado (más bien es creador), es Hijo por naturaleza y no está sometido en su naturaleza divina a la mutación o
el sufrimiento. Hay que recordar que para Arrio Cristo tampoco era verdadero hombre, pues sólo poseía
un cuerpo humano
pero carecía de alma humana.
2.2
Controversia
apolinarista (375)
Se afirma la completa humanidad
de Cristo frente
a la herejía de Apolinar,
quien negaba que Cristo tuviera un alma humana (pensaba que si en Cristo hubiera
alma humana podría
pecar). En el “Tomus Damasi”
(decreto del Papa Dámaso) se explica
que lo que no ha sido asumido
no ha sido redimido y por ello debe haber asumido también
el alma (DS 146).
2.3
Concilio de Éfeso (431)
Se afirma la unidad de Jesucristo, verdadero
Dios y verdadero hombre, y por ello María es Madre de Dios, contra Nestorio que parecía afirmar
la existencia de dos hijos en Cristo (el Verbo y el
hombre), porque no planteaba correctamente la
unión.
Nestorio, al rechazar el título de María como
Madre de Dios se oponía a la
comunicación de idiomas, es decir, atribuir al único y mismo Cristo propiedades humanas y divinas; dado que su
Persona es la divina y es única, se le puede atribuir
lo propio de la naturaleza humana y de la naturaleza divina, manteniendo una serie de reglas de lenguaje. En este
concilio se habla de unión hipostática para referirse a la unión
de humanidad y divinidad en Cristo.
2.4
Concilio de Calcedonia
(451)
Ante la propuesta de Proclo, patriarca de Constantinopla, acerca
de una hypóstasis en Cristo y dos naturalezas, Eutiques defendió la
terminología de san Cirilo, que se prestaba a
ambigüedades, de una sola naturaleza encarnada. San León Magno intervino
para dar la razón a Proclo.
Se afirma que Cristo es uno y el mismo en dos
naturalezas unidas sin confusión, sin cambio, sin separación, sin división, frente a la herejía
de Eutiques, para quien el Señor ha sido de dos naturalezas antes de la unión, pero
después es una sola naturaleza. Parecería que
la
naturaleza humana se disuelve en la naturaleza divina, y de ahí el término monofisismo, única naturaleza.
En Calcedonia se recogen las afirmaciones principales de la tradición anterior: El Hijo es uno solo y el mismo, verdadero
Dios (contra los adopcionistas) y verdadero hombre (contra
los docetas), con cuerpo y alma (contra
los apolinaristas). Al mismo tiempo es consustancial al Padre
(contra los arrianos) y consustancial a nosotros (contra
Apolinar y Eutiques); de san Cirilo
se toma la expresión de que
la diferencia de las naturalezas no se borra por la unión, a lo que san León
Magno había añadido que cada naturaleza
conserva su propiedad y concurre en una sola Persona.
2.5
Concilio de Constantinopla II (553)
Aclara las afirmaciones de Calcedonia para que no pareciera que hablar de dos naturalezas equivalía a hablar de dos
personas. Recuerda a) la unidad del Verbo después
de la encarnación manteniendo la integridad de ambas naturalezas; b) La unión se da en la única hipóstasis del Verbo y es una unión intrínseca, porque algunos casi entendían la hipóstasis de Cristo como una unión de
hipóstasis divina y humana, lo cual era incorrecto; c) Se explica
que la terminología «en dos naturalezas» no se opone a algunas
expresiones de san Cirilo (una naturaleza del
Logos encarnado), porque esa última expresión indicaba la naturaleza divina junto con la Persona (una naturaleza) y
la naturaleza humana al hacer referencia a la Encarnación.
En el contexto
de este concilio se dio una profunda
reflexión teológica que presentaba la naturaleza de Cristo sin hipóstasis
propia y enhipostasiada en la hipóstasis del Verbo. En el denominado Corpus leontianum, obra de teológica
de varios autores llamados
Leoncio (probablemente tres, aunque no hay seguridad en las atribuciones) se profundizan tales
aspectos. De este modo se podía afirmar
que “uno de la Trinidad
ha sufrido en la carne”, porque es el Verbo, la única Persona de Cristo
la que sufre en la cruz, en su naturaleza humana.
2.6
Concilio de Constantinopla III (680-681)
Afirma la existencia de la voluntad humana, además de la divina,
en Cristo, frente a la herejía
de Sergio de Constantinopla, para quien sólo había una voluntad en Cristo, ya que de lo contrario ambas voluntades podrían
entrar en conflicto.
El concilio definió
que en Cristo hay dos voluntades naturales
y dos operaciones, con los mismos
adverbios que Calcedonia aplicó a la unión de las dos naturalezas: sin confusión, sin cambio, sin separación, sin división.
Considera evidente que la voluntad humana sigue a la divina sin contradecirla,
pues también la voluntad humana es voluntad del Verbo, como su carne humana es carne del Verbo.
Explica de una manera más general que también
se debe hablar de dos operaciones,
con los mismos adverbios apuntados antes: si se hablara de una única operación natural
del Verbo y la criatura
se estaría produciendo una mezcla inadmisible. En la única hipóstasis cada naturaleza realiza
lo suyo propio, de manera
que las voluntades y operaciones naturales concurren para la salvación del género humano.
Posteriormente se habló de operaciones teándricas en la medida
en que la virtud divina usa la virtud humana como instrumento para determinados efectos que sobrepasan la virtud natural,
como un milagro.
2.7
Concilio de Nicea II (787)
Propiamente
este concilio defiende
la legitimidad de la veneración de las imágenes,
ante todo la imagen de la Cruz y otras
imágenes del Señor,
para extenderse después
al culto a las imágenes de los santos.
El honor concedido a la imagen se dirige
al original y quien adora una imagen, adora a la Persona representada en la imagen. La cuestión cristológica de
fondo es el realismo de la Encarnación: frente a los que decían que la divinidad
no se puede representar por ser espiritual, y la humanidad tampoco por haber quedado absorbida en la
Resurrección por la gloria de la
divinidad, se afirma que es posible una cierta semejanza que puede ser representada.
2.8
Controversia
adopcionista
Elipando de Toledo, probablemente por influjo nestoriano,
propuso que Cristo era Hijo natural de Dios en su divinidad e hijo adoptivo en su
humanidad, con lo que introducía dos
filiaciones en Cristo. No se debe excluir que quisiera subrayar los efectos del Espíritu Santo en la humanidad de Cristo, pero hablar de hijo
adoptivo en realidad suponía acercarse al nestorianismo y casi hablar de dos personas en Cristo. Adriano I
(DS 610-611) y varios sínodos carolingios condenaron tales afirmaciones (DS 612-614; 619), y
en el credo del Concilio II de Lyon (DS 852) se excluye
también y de manera explícita que Cristo sea hijo adoptivo en su naturaleza humana.
Conclusión: Cristo es una Persona divina en dos naturalezas, divina y humana. La unión de la naturaleza humana con la Persona divina se denomina unión en la hipóstasis o unión hipostática.