TESIS 17 EL MISTERIO DE DIOS EN LA REVELACIÓN (2)
Dios se ha revelado en la historia de la salvación como Yahvé, el Dios de la Alianza, y la Encarnación del Verbo nos revela su triple personalidad, pues el Hijo y el Espíritu Santo son los enviados del Padre.
1.la revelación
del misterio de dios en la Escritura
1.1 el Dios de la Alianza en el Antiguo y Nuevo Testamento
1.2 La Revelación del Hijo
1.3 La Revelación del Espíritu Santo
2.la Primera reflexión Teológica sobre Dios
en la iglesia
3.las grandes formulaciones Conciliares
3.1 El concilio de Nicea (325)
3.2 De Nicea a Constantinopla (381)
3.3 La formulación definitiva en Constantinopla II (553) y otros textos
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CEC 198-267;
Compendio 36-49
Concilio de Nicea, Símbolo (19.6.325) DS 125-126
Conilio de Constantinopla, Símbolo (6.381) DS 150
Congregación para
la Doctrina DE la FE,
Declaración Mysterium Filii Dei
(21.2.1972) 4-6 en Doc. 10,6-9
iD., Notificación sobre la obra «Jesus Symbol of God» del P.Roger Haight sj (13.12.2004) I-IV en Doc. 104,8-18
3. LAS GRANDES FORMULACIONES CONCILIARES
3.1 El concilio
de Nicea (325)
El concilio de Nicea quiere responder a la doctrina de Arrio, quien situaba al Padre en una posición única,
y considera al Hijo una mera criatura, superior a todas,
creada libremente antes del tiempo,
no eterna, dios por participación. Para ello subraya los pasajes de la Escritura que acentúan la unidad de Dios 1 Tm 2,4-5 y donde el Hijo parece
creado Col 1,15; Pr 8,22.
Al principio no emplea Jn
14,28 en donde se afirma que el Padre es mayor que el Hijo.
También se basa en concepciones del platonismo medio, considerando al Hijo un dios mediador y secundario y tampoco parecen ajenas
estas reflexiones a las ideas de Filón de Alejandría sobre el Logos
o Verbo como instrumento de Dios para crear. Por otra parte al acentuar los sufrimientos de Cristo, y no considerar su alma humana,
los atribuye al Verbo, que por lo tanto
debe ser criatura. Es importante notar por ello
que para Arrio Cristo no sería ni verdadero Dios ni verdadero hombre, pues carecía de alma humana.
Después de las respuestas de su obispo Alejandro de Alejandría,
y ante la gravedad del problema
se convoca el Concilio de Nicea, en el que intervienen especialmente Alejandro de Alejandría,
Osio y Constantino. Se añadió a una fórmula de fe anterior (probablemente de Cesarea)
una serie de incisos para precisar
la divinidad del Hijo: procede de la sustancia del Padre; es Dios verdadero de Dios verdadero; engendrado, no creado;
homousion (de la misma
sustancia) to Patri.
Es la primera definición dogmática de la
Iglesia, que tiene que incluir ter- minología
no bíblica para expresar con mayor precisión la fe bíblica. El término homousios
provocó los recelos de algunos porque consideraban que destruía la realidad de las personas
divinas.De Nicea a Constantinopla (381)
3.2 Después del concilio de Nicea, y mezclado con diversas cuestiones
políticas de los emperadores,
podemos hablar de cuatro grupos: a)
Anomeos o arrianos radicales: Aecio,
Eunomio. b) Homousianos: Fieles a la fórmula de Nicea, San Atanasio, Osio y los Capadocios. c)
Homeusianos: Una cierta vía media: defen- dían la divinidad del Hijo, pero el homousios les
parecía casi sabeliano, preferían homoiousios
(semejante naturaleza) y empleaban la terminología de tres ousiai o
tres hypostasis. d) Partidarios del Homoios kata panta, fórmula todavía más ambi- gua y que hablaba simplemente de un parecido general entre el Padre y el Hijo.
La gran aportación de san Atanasio fue subrayar la independencia entre la Trinidad y la creación: es cierto que el Hijo había participado en la creación del mundo, pero su razón de ser no consistía en la mera mediación para la creación y existía desde la eternidad como Hijo. Por otra parte insistió mucho en la necesidad de mantener y explicar el término homousios. Debido a su firmeza en estas cuestiones y a la actividad pro-arriana de varios emperadores debió sufrir numerosos destierros.
El Sínodo de Alejandría del 362, presidido por él,
admitió las diferentes terminologías
de una o tres hypostasis, si se
explican de manera correcta. También
trató de la divinidad
y consustancialidad del Espíritu Santo
en sus cartas a Serapión de Thmuis; en ellas se plantea la cuestión de que el Espíritu Santo, aunque no haya sido engendrado es
también de la naturaleza divina y por ello se le debe aplicar el término homousios respecto al Padre y al Hijo.
En occidente san Hilario, partiendo de la fórmula
bautismal como confesión
de fe escribe el primer gran tratado latino acerca de la Trinidad,
usando la termi- nología de persona
y naturaleza. Defiende la eternidad de la generación del Hijo y explica los pasajes bíblicos
problemáticos, al tiempo que explica el homousios de modo que los homeusianos pudieran aceptarlo. Insistió en la
unidad de la Trinidad, e indica ya el carácter relativo
Padre-Hijo. Respecto al Espíritu Santo es
más claro en el aspecto salvífico que en el intra-trinitario. San Gregorio de Elvira fue
un defensor acérrimo del homousios y
criticó la ambigüedad de algunas fórmulas alternativas.
San Basilio
Magno tuvo que hacer frente a los
arrianos radicales, como Eunomio, y a
los que no querían reconocer la divinidad del Espíritu Santo (pneumatómacos,
seguidores de Macedonio). Para Eunomio lo característico de Dios es que es inengendrado, mientras que todo lo demás tiene un origen, por ello sólo el Padre es verdadero Dios.
En este contexto
san Basilio distingue
entre los nombres relativos y los comunes en Dios (inengendrado es meramente relativo pues equivale a Padre, mientras
que eterno es común, y corresponde al Padre y al Hijo). Así en la misma divinidad se puede
hablar de Padre e Hijo, caracterizados por sus propiedades relativas. Establece la terminología trinitaria que se hará defi- nitiva: una ousia y
tres hypostasis, con lo que aunaba a
los partidarios de homousios (una ousia) y a los de las Tres hypostasis, asegurando una fórmula que respetara la unidad y trinidad
en Dios.
Respecto del Espíritu
Santo es menos claro, pues defiende su divinidad, pero con terminología
equivalente, para procurar la unión con
los pneumatómacos menos radicales. En su explicación de las propiedades divinas le atribuye al Espíritu la
santificación, lo cual es definirle
San Gregorio Nacianceno profundizó en las aportaciones de San Basilio, explicando el tema de las propiedades relativas, y caracteriza
al Espíritu por la procesión como propiedad
intratrinitaria, con lo que se perfila mejor la explicación de San Basilio; defendió sin ninguna ambigüedad la
divinidad del Espíritu Santo. Habla con mucha claridad
de la unidad en la Trinidad por una esencia
única, que se identifica con la Trinidad.
Finalmente el emperador Teodosio
convocó el Concilio de Constantinopla
(381) para poner fin a la controversia arriana y atajar la herejía
de los pneuma- tómacos.
Parte del credo de Nicea, y añade nuevas cláusulas. Respecto al Hijo se precisa que “su reino no tendrá fin” contra
Marcelo de Ancira. Este afirmaba que
al final de los tiempos el Hijo se disolvería en el Padre, lo cual era un cierto sabelianismo. Sobre el Espíritu Santo se
explica su divinidad de modo equivalente,
sin emplear el término Dios, conforme a la prudencia de San Basilio. De esta manera, después de “en el Espíritu Santo” se añaden los siguientes incisos:
a) Señor, que es un título divino; b) dador de vida, otro atributo divino; c) que procede del Padre, para indicar que no es una criatura; d) que con el Padre y el Hijo recibe una misma adoración y gloria, de manera que el honor que recibe es el propio de Dios. e) Se debe notar que el Concilio de Constantinopla hizo referencia simplemente a que el Espíritu procede del Padre.
En el ámbito latino, desde el credo del Concilio I de Toledo (DS 188), siguiendo una carta de san León Magno a Toribio de Astorga se precisó que procedía del Padre y del Hijo, lo cual fue ocasión para que varios siglos después el Patriarca Focio acusara a los latinos de haber adulterado la fórmula de fe.
En realidad el malentendido estaba que en el texto griego el “procede” (ekporeuesthai) indicaba
proceder como de un único origen, y en ese sentido se debería decir que procede del
Padre mediante el Hijo; en latín, en
cambio, el verbo procedere tiene un
sentido mucho más amplio, que indica simplemente
una dependencia, y en ese caso sí se podía afirmar que el Espíritu Santo dependía del Padre y del Hijo.
3.3 La formula definitiva en Constantinopla II (553) y otros textos
La fórmula definitiva la encontramos en el Concilio de
Constantinopla II (553); se trató de un concilio fundamentalmente cristológico,
pero en su primer canon presenta
un resumen de la fe trinitaria: «una sola naturaleza o sustancia (physin etoi ousian) del Padre, del Hijo
y del Espíritu Santo, una sola potencia y poder,
una Trinidad consustancial (triada omousion), una sola divinidad, adorada en tres hipóstasis o personas (prosopa). Pues hay un solo Dios y Padre del cual provienen todas las cosas,
un solo Hijo por medio del cual son hechas todas las cosas, y un solo Espíritu
Santo, en el que son todas las cosas».
En occidente se dio desde el siglo IV un notable desarrollo teológico sobre cuestiones trinitarias, lo que se plasmó en diversas fórmulas de fe, como los credos de los concilios de Toledo. Fue, con todo, más importante la enseñanza del Concilio de Letrán IV, en el que se precisó más la cuestión de a unidad en la Trinidad (DS 803-806) y las decisiones del Concilio de Lyon II (DS 850) y del Concilio de Florencia (DS 1300-1302) sobre cuestiones referentes al Espíritu Santo y su procesión respecto al Padre y al Hijo.
En cualquier caso todos estos
textos dependen de los grandes
concilios trinitarios a los que nos hemos referido en apartados anteriores y simplemente muestran la fe de la
Iglesia. Mucho más recientemente se puede citar
alguna de las declaraciones de la Congregación para la Doctrina
de la Fe indicadas en la bibliografía ante negaciones o deformaciones del Misterio Trinitario en nuestros días.