1Los siete sacramentos que la Iglesia ha reconocido instituidos por el Salvador, 2como signos sensibles para comunicar a la humanidad el misterio redentor de Cristo, 3tienen eficacia ex opere operato gracias a la fuerza del Espíritu Santo que actúa mediante el ministro, dispensan la vida divina de la gracia cuando se reciben en la fe y comunión de la Iglesia, a la que dan consistencia y estructuran por los caracteres sacramentales.
1. el septenario sacramental
1.1 Fijación del septenario sacramental
1.2 Institución de los sacramentos por Cristo
2. los sacramentos como signos sensibles del misterio de Cristo
2.1 Naturaleza de los sacramentos
2.2 Estructura de los sacramentos
3. la eficacia de los sacramenTos
3.1 Sentido de la eficacia ex opere operato
3.2 Doble efecto de los sacramentos: gracia y carácter sacramental
3.3 Fe, gracia y sacramentos
1.
3.LA EFICACIA DE LOS SACRAMENTOS
3.1
Sentido de la eficacia ex opere operato
Lo característico de los
sacramentos es que efectúan lo que significan,
mediante una causalidad instrumental. A
lo largo de la historia se han tratado de dar
diversas explicaciones, pero con frecuencia sólo han servido para disminuir la idea de eficacia, y de la verdadera
actuación de la criatura como instrumento de Dios.
La
expresión ex opere operato indica que
la eficacia de los sacramentos no depende ni de la santidad
del ministro, ni de los actos del beneficiario, sino de Cristo,
aunque, evidentemente, si el sujeto
positivamente no quiere recibirlo, está
claro que no habrá sacramento; otra cosa sería
que no tuviera las disposiciones
adecuadas (ausencia de pecado) en cuyo caso el sacramento reviviría (en razón del carácter) cuando se dieran esas disposiciones.
También en la medida que son
un acto humano es preciso hablar de un ministro,
que debe tener en su intención lo que quiere hacer la Iglesia. Se entiende
la intención objetiva
del ministro, no las intenciones subjetivas a las cuales quiera él ordenar
esa acción. Al entrar la figura del ministro en la realización
del sacramento se puede decir que, en la medida que lo realiza, también él es algo sacramental, y este es el sentido del sacramento del orden: sacralizar la figura del ministro. Sin esta condición no se da, en
bastantes sacramentos, el mismo
sacramento, aunque se realizaran los otros ritos (excepción del bautismo y
del matrimonio).
3.2 Doble efecto de los sacramentos: gracia y carácter
sacramental
Los sacramentos se orientan
tanto a la vida eterna, por la gracia que confieren,
pero también a asegurar la pertenencia eclesial a quienes los reciben, es decir, mantenerse en una situación estable
de santificación: dicha situación se manifiesta especialmente en los caracteres sacramentales.
Precisamente por ello hay un doble efecto de los sacramentos: lo que se ha denominado sacramentum et res, que es el efecto interno
inmediato de los sacramentos, y la res, o gracia propiamente sacramental, que se consigue mediante el anterior.
Los
caracteres sacramentales son el caso más claro del sacramentum et res. A raíz de la controversia donatista y de la conciencia de la
Iglesia de que no se podían reiterar determinados sacramentos se
desarrolló la reflexión sobre el carácter
sacramental. El carácter es una transformación real en el alma del que recibe
determinados sacramentos (bautismo, confirmación y orden) y que lo habilita para el culto divino, en sentido
amplio de participar en la alabanza a Dios.
También
los caracteres sacramentales contribuyen de manera muy clara a la
estructuración jerárquica de la Iglesia. Tienen una característica de estabilidad mucho mayor que la vida de la gracia, porque la gracia y la caridad,
al tratarse de una
amistad con Dios, pueden perderse por el pecado mortal, mientras que el carácter, como signo ontológico permanente e interno
no se pierde por el pecado mortal.
3.3 Fe, gracia y sacramentos
Los sacramentos no se deben
separar de la fe, pues la salvación viene por
la fe, y los sacramentos son los signos de la fe: en primer lugar de la fe del que los recibe, de la fe de la Iglesia, que los administra, y que hace de mediadora
entre Cristo, autor siempre de los
sacramentos, y el receptor. La misma realidad
visible y material
de los sacramentos pone de relieve que nuestra salvación
se ha realizado mediante la Encarnación
redentora, y esa eficacia permanece en signos sensibles y visibles, como sensible y visible fue la humanidad
de Cristo en este mundo,
que, glorificada, sigue siendo el instrumento unido
al Verbo para
nuestra salvación.
Tampoco se pueden separar los sacramentos de la Palabra
de Dios. Dios se
comunica a los hombres mediante su Palabra, suscita
la fe, y esta vida nueva se comunica por los sacramentos, que prolongan la acción de Cristo en la tierra. Consiguientemente
la celebración de los sacramentos suele estar unida a la de la Palabra de Dios.
Una de
las cuestiones más complejas de este tema es la relación entre gracia y sacramento, no porque haya dudas de que
los sacramentos producen la gracia, sino porque la gracia también puede ser concedida sin recibir el
sacramento. Conviene recordar que al hablar
de gracia nos estamos refiriendo a la transformación real que se produce en el
hombre como consecuencia de su nueva relación
con Dios a partir de la justificación; la gracia conlleva la amistad con
Dios, pero también una transformación ontológica interior.
Es Cristo quien, mediante
su humanidad glorificada nos salva, pero para ello emplea los sacramentos, que son signos eficaces de la gracia.
Ante todo, respecto
a cada sacramento, más que decir
que hay siete gracias sacramentales porque hay siete sacramentos, más bien
deberíamos
decir lo contrario: hay siete sacramentos porque hay siete aspectos de
la gracia, que es una: la participación de la vida de Cristo.
Conforme al plan de Dios la gracia se comunica de manera sacramental: la gracia es la res
a la que se ordena la res et
sacramentum, es decir, ese carácter o efecto estable de los sacramentos.
Ahora bien, dicha res et sacramentum puede darse físicamente o simplemente in voto, en el deseo. Así, Dios puede suplir
ese intermedio, pero cuando se carece de él es evidente que la gracia
está mucho menos
radicada en el hombre. Por ejemplo, se puede recibir la justificación y la gracia
antes de recibir
físicamente el bautismo, cuando se lo desea movido
por el Espíritu Santo, pero en ese caso no se recibiría el carácter
sacramental; cuando tal catecúmeno fuera bautizado sí lo recibiría, así como un aumento de gracia.
También hemos dicho que esa res et
sacramentum tiene mucho que ver con la estructura de la Iglesia, de ahí que en el caso del sacramento
del orden no se pueda dar ni la gracia correspondiente ni la suplencia in voto de ese carácter porque supondría hacer desaparecer la misma estructura
sacramental de la Iglesia.
De esta manera, aunque
cabe que Dios otorgue la gracia sin la recepción física de los sacramentos, toda la gracia está relacionada con ellos, y mueve hacia ellos. La presencia de la Iglesia requiere,
pues, la presencia de los sacramentos. En el
caso de aquellas personas que no han podido conocer
la Iglesia, si alcanzan la justificación
de Dios por la gracia, ese mismo impulso interior, si verdaderamente están justificados, les moverá hacia la
Iglesia y sus sacramentos cuando se les presente
la oportunidad. Lo que no tiene sentido es que alguien reciba la gracia del Espíritu Santo oponiéndose a la
economía sacramental, pues en ese caso no se podría hablar ni de recepción
del sacramento ni de deseo o voto del mismo.
APÉNDICE: LOS SACRAMENTALES
Según el CIC 1166,
que recoge las afirmaciones de SC 60 se describe
a los sacramentales «como signos
sagrados, por los que, a imitación en cierto modo de los sacramentos, se significan y se obtienen por intercesión
de la Iglesia unos efectos principalmente espirituales». En SC 60 se añadía que es disponer
a recibir el efecto principal de los sacramentos y santificar las diversas circunstancias de la vida. La característica que les
diferencia fundamentalmente de los sacramentos
es que su institución es
eclesiástica y que gozan de una eficacia ex
opere operantis Ecclesiae: la oración
de la Iglesia obtiene de Dios que el sacramental vaya unido al efecto espiritual por el que fue
instituido.
Se podría
decir que la Iglesia, en la medida
que prolonga la acción de Cristo, marca o señala determinadas personas (al orar sobre ellas) para que puedan
recibir mejor cierta acción divina,
o reserva determinados
objetos para que ayuden a una finalidad espiritual. Siempre se ordenan,
de una manera u otra, a preparar una gracia recibida mediante los sacramentos y se podrían
ver como núcleos,
por así decir,
en los que reposa la acción de la Iglesia
en orden a los sacramentos.
Se suele
distinguir entre tres grandes grupos de sacramentales: a) las consagraciones, por las que determinadas personas
y cosas quedan sustraídas a la libre
disponibilidad del hombre
y quedan confiadas a Dios (consagración de vírgenes, profesión religiosa, consagración de una Iglesia o de un
cáliz, etc); b) bendiciones, que ponen a personas o cosas bajo la protección divina, aunque
de una manera menos estable y más ocasional que los anteriores; c)
exorcismos, mediante los que la oración de la Iglesia,
en nombre de Cristo, expulsa
a los demonios del alma de
los posesos, e incluso se ha empleado sobre criaturas irracionales para que no sean instrumento del demonio.
En este último caso se advierte con más claridad que su efecto
no tiene la eficacia ex opere operato
de los sacramentos, y de ahí que a veces tengan
que ser reiterados y no siempre obtengan su
objetivo. En cualquier caso, los exorcismos
son una muestra
más de la fe de la Iglesia
en la existencia de los demonios, e incluso
en la posibilidad de su acción, hasta
física, sobre el género humano
en casos excepcionales.
Poner en duda esta cuestión no es compatible con la fe católica.